Recibimos en nuestra consultora reiteradas preguntas en relación a los aspectos de la indivisión de herencia. Por ello, en esta oportunidad pasaremos a comentar respecto al tema.
Lo primero a clarificar es cuándo se da el estado de indivisión de una sucesión. La indivisión ocurre cuando existe más de un heredero, y la misma se mantiene durante la etapa del proceso que va desde la muerte del causante (la persona fallecida) hasta que se produce la división y/o reparto de bienes entre los herederos declarados.
Aclarado este punto, es importante tener presente que durante ese tiempo los herederos pueden llevar a cabo actos de conservación, vale decir, tomar medidas para conservar los bienes de la herencia, lo cual, por regla general, implica la realización de arreglos necesarios para evitar deterioros.
Los gastos que ello irrogue pueden pagarse con fondos de la sucesión, y, en el caso de inexistencia de fondos, un heredero puede afrontarlos y luego reclamar a los restantes el pago del proporcional de los gastos que resultaron necesarios.
En cuanto a los actos de administración y de disposición –tales como alquilar y vender-, y dado la relevancia de actos de tal magnitud, para efectuar los mismos es necesario el consentimiento de todos los herederos.
Uso de los bienes durante la indivisión
Asimismo, puede darse el supuesto que un heredero desee usar uno o más bienes de la sucesión hasta la finalización de la misma. Al respecto, y si bien ello es posible, debe ser siempre respetando los derechos de los demás herederos a percibir los frutos de dichos bienes en forma proporcional al derecho que poseen en la herencia.
En este sentido, si en la sucesión existen bienes que dan frutos (ingresos y/o ganancias, como por ejemplo alquileres), dichos frutos aumentan los bienes de la indivisión de la herencia, los que, como se dijo, deben repartirse entre los herederos de modo proporcional al derecho que poseen.
Así las cosas, resulta claro que siempre es conveniente realizar lo antes posible una sucesión, procediendo a la división de los bienes para poner fin de este modo a la indivisión de la herencia, puesto que, de no hacerlo así, en no pocas ocasiones se generan conflictos y desavenencias entre los herederos.