Todo reclamo laboral formal iniciado por un empleado comienza necesariamente con una intimación fehaciente, que en la mayor parte de los casos resulta ser un telegrama. Y lo cierto es que durante el intercambio telegráfico –ocasión en que las partes dejan sentadas sus posturas, términos del reclamo, apercibimientos, etc.- es cuando la balanza puede llegar a inclinarse hacia uno u otro lado.
Al respecto, recordemos que todo reclamo debe contar con una intimación detallada de lo que el empleado requiere de su empleador; debe contar asimismo con la expresión del plazo que se otorga para dar cumplimiento al requerimiento, y, finalmente, debe contener mención expresa de cuál es el apercibimiento para el caso de no ver satisfecha su demanda. La Empresa, por su parte, debe responder por escrito, en general mediante carta documento, y nunca más allá del plazo de 48 horas hábiles posteriores a la recepción del envío del trabajador.
Asimismo, es de destacar que las partes deberán tener especial cuidado en la redacción de los envíos telegráficos, puesto que los términos plasmados no serán susceptibles de modificación posterior, y se constituirán en la base de la eventual demanda judicial y su correspondiente contestación, lo que demuestra que un intercambio telegráfico meditado dará mayores chances de éxito.
La empresa debe responder por escrito y nunca más allá del plazo de 48 horas hábiles posteriores a la recepción del envío del trabajador.
Por este motivo es que ninguna de las partes debe lanzarse a redactar telegramas o cartas documento sin consultar previamente a un estudio jurídico de confianza, ya que una simple oración mal colocada o una incorrecta invocación de normativa puede sellar la suerte negativa de un reclamo o disminuir sensiblemente el éxito probable.
Luego del intercambio telegráfico, y previo al juicio, será el momento en el que las partes colectarán las pruebas de las que se valdrán para hacer valer su postura frente al juez, lo que será también de suma importancia, debiendo encomendarse la estrategia y elección de pruebas a un profesional del derecho que trabaje de modo ordenado, profesional y con criterio objetivo y jurídico.
Así, es en definitiva recomendable no lanzarse a una mera aventura jurídica ni contestar genéricamente el reclamo de un empleado, sino que la mejor estrategia es encomendar la labor a un profesional de experiencia, que, verificando la situación particular y elementos de prueba al alcance, recomiende el mejor modo de encarar el inicio de un intercambio telegráfico que, como dijéramos, en muchos casos puede ser la llave para obtener en el pleito el resultado más cercano a las expectativas.