El Plan de Pago de Deuda Previsional consiste en la regularización de deuda de aportes previsionales que tienen las personas. Aquellos que hayan alcanzado la edad requerida para jubilarse, es decir 60 años en el caso de las mujeres y 65 años en el caso de los hombres, pueden acceder al plan.
En ambos casos, deben reunir menos de 30 años de aportes. Podrán adquirir los años faltantes mediante este Plan de Pago de Deuda, y en todos los casos, se deberá pasar por un análisis “socioeconómico”.
Se podrán comprar años de servicio para regularizar y llegar al mínimo legal de 30 años, hasta el 31/12/2008.
El Plan de Pago de Deuda Previsional, podrá cancelarse en hasta 120 cuotas mensuales, en la forma y con la actualización o interés que la reglamentación determine. Las cuotas se descontarán del haber jubilatorio mensual, y no podrá obtenerse este plan si el titular posee otra prestación previsional.
Requisitos para trabajadores en actividad: etapa prejubilatoria
Para las mujeres, tener entre 50 y 59 años de edad, para los hombres, entre 55 y 64. En ambos casos, que no lleguen a cumplir con los 30 años de aportes al cumplir la edad mínima requerida y deberán acreditar ingresos para justificar el pago. Se podrá regularizar años de servicios, hasta el 31/03/2012.